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Friday, October 15, 2010

Snyder v. Phelps: Los límites al derecho a la libertad religiosa

El derecho a la libertad de expresión y el derecho a la libertad religiosa están curiosamente entrelazados. Resulta obvio que éste está incluido en aquél, puesto que no solamente numerosas Constituciones, sino también varios instrumentos internacionales suponen la idea de que el derecho a la libertad de expresión le permite a los ciudadanos profesar la religión que practican. Si no fuera así, el derecho a la libertad religiosa no tendría ningún sentido, y su ámbito de aplicación se vería del todo reducido.


Sin embargo, la práctica en el mundo moderno ha demostrado que el ejercicio de los derechos humanos, en donde no sólo hay que incluir los civiles y políticos, sino también los económicos y sociales, tiene sus límites. Ejemplos de la necesidad de esos límites los hemos visto recientemente con el terrorismo islámico, en donde si bien es cierto que algunos terroristas cometen estos actos porque consideran que esta es una forma de expresar la religión que practican y sus creencias, ese ejercicio no es legítimo, puesto que afecta los derechos de otros seres humanos, como por ejemplo, el derecho a la vida.

Este test de constitucionalidad en la contención de dos derechos, lo tendrá que evaluar durante los próximos meses la Corte Suprema de Estados Unidos, en un caso que dará mucho de que hablar y el cual ya es conocido bajo el nombre de Snyder v. Phelps. Los hechos que dan origen al caso son los siguientes: un marine del ejército de Estados Unidos, llamado Matthew A. Snyder fue asesinado en Irak mientras combatía contra fuerzas insurgentes. Su funeral, que tuvo lugar en el estado de Maryland, Estados Unidos, fue objeto de fuertes protestas por la Iglesia Baptista de Westboro. Integrantes de esa Iglesia acudieron al funeral con pancartas que contenían los siguientes mensajes: “Irás al infierno”; “Dios te odia”; “Gracias a Dios por los soldados asesinados” y “Siempre fieles homosexuales”. Los miembros de esta Iglesia protestaron en contra de la supuesta homosexualidad de Snyder, manifestando que había sido “criado por el diablo” e “instruido para desafiar a Dios”. 


El padre del soldado asesinado, Albert Snyder, introdujo una demanda por responsabilidad civil extracontractual en contra de la Iglesia Bautista de Westboro, argumentando que la protesta de dicha organización religiosa le había causado, entre otras cosas, angustia mental y emocional. Luego del largo juicio, el cual finalizó hace más de 4 años, una Corte Federal le otorgó al padre del marine 10.9 millones de dólares en indemnización compensatoria y punitiva.

Esta decisión fue anulada por una Corte de Apelaciones, la cual llegó a su decisión precisamente analizando el derecho constitucional a la libertad de expresión y el derecho a la libertad religiosa, los cuales están consagrados en la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, la cual establece lo siguiente:
El Congreso no aprobará ninguna ley con respecto al establecimiento de religión alguna, o que prohíba el libre ejercicio de la misma o que coarte la libertad de palabra o de prensa; o el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente y a solicitar del Gobierno la reparación de agravios.
El razonamiento de la Corte de Apelaciones estuvo basado en que el tipo de protesta que realizó la Iglesia de Westboro estaba protegida por la Primera Enmienda de la Constitución, a menos que una persona normal entendiera que los hechos a los cuales se estaba refiriendo la Iglesia con sus pancartas eran hechos verificables o verdaderos. En pocas palabras, poco importaba que las afirmaciones que estaba realizando la iglesia fueran de interés público, puesto que las mismas no afirmaban hechos fácticamente comprobables. Un ciudadano normal, nunca pudiera llegar a la conclusión de que la afirmación “Irás al infierno” o “Dios te odia” es verdadera, puesto que simplemente no hay una forma real de verificar si lo dicho es cierto o no.


Por lo tanto, la Corte de Apelaciones afirmó que la Iglesia Baptista de Westboro tiene el derecho constitucional de atacar verbalmente a cualquier ciudadano común, incluso si no está cumpliendo una función pública, y que además lo puede atacar con afirmaciones sobre su vida privada. Creo que muy pocos estarían de acuerdo con la conclusión de la Corte de Apelaciones, especialmente si uno considera que la Corte Suprema de Estados Unidos ha sostenido que discursos contra figuras públicas o que guarden relación con el interés público están constitucionalmente protegidos, incluso si ocasionan angustia emocional. No obstante, la Corte Suprema de Estados Unidos nunca ha llegado a la conclusión de que la Primera Enmienda protege discursos contra personas privadas y que no guardan relación con el interés público, bajo el manto de que dichas manifestaciones son producto del ejercicio al derecho a la libertad religiosa.
 
Muy probablemente habrá una decisión de la máxima instancia judicial de Estados Unidos en los próximos meses, en donde quedará claro qué es más importante en un enfrentamiento entre el derecho a protestar y la privacidad de las personas. De los hechos del caso, se puede llegar a la conclusión de que cada vez más habrá que limitar la forma en que hemos entendido hasta ahora el derecho a la libertad religiosa, puesto que existen diversos grupos que amparados bajo ese derecho constitucional, han decidido emprender una gesta que no conoce límites para los derechos de las personas. ¿Cuál es el interés detrás de la protestas de la Iglesia Baptista de Westboro?, ¿Por qué es relevante protestar en el funeral de un soldado que lamentablemente ha fallecido, y más aún acusarlo de hechos relevantes únicamente para su vida privada? En mi opinión, la Corte de Apelaciones entendió mal la contención entre ambos derechos, puesto que Snyder no es una persona pública y tiene un derecho a la privacidad que debe verse incluso sobreprotegido luego de su muerte. Si una determinada Iglesia o religión está en contra de la homosexualidad, tiene formas más legítimas de demostrar su repudio a dicha conducta, incluso de formas más generales que no atenten contra una persona en específico. Esperemos a que los 9 decidan consecuentemente.

Monday, August 23, 2010

Una Mezquita en Ground Zero: ¿Pagarán justos por pecadores?

El intenso debate que ha surgido a raíz de la posible construcción de una mezquita en Ground Zero (sitio en el que se encontraban los dos edificios principales del World Trade Center de Nueva York antes de los atentados del 11 de septiembre de 2001) deja mucho que desear.


En primer lugar, hay que recordar que la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, claramente establece que "el Congreso no aprobará ninguna ley con respecto al establecimiento de religión alguna, o que prohíba el libre ejercicio de la misma (…)".
 
Por lo tanto, la Primera Enmienda tiene una doble dimensión, ya que no solamente prohíbe que el Congreso tome alguna medida legislativa para desconocer alguna religión en los Estados Unidos, sino que también, por disposición constitucional está garantizado el libre ejercicio de cualquier religión, incluso si esa religión es el Islam.
 
No cabe duda de que la construcción de un centro cultural musulmán y una mezquita solamente a dos cuadras de Ground Zero es un derecho constitucionalmente protegido en Estados Unidos, y así lo reconoció correctamente el Presidente de ese país, Barack Obama, al defender el derecho constitucional de la comunidad musulmana de practicar su religión, lo que trae como consecuencia que dicha comunidad tiene el derecho de construir una mezquita siempre y cuando cumpla con las regulaciones de construcción correspondientes.


Lamentablemente, el Presidente Obama sucumbió a la presión política al día siguiente, aclarando que no se estaba refiriendo a la conveniencia de la construcción de una mezquita en la zona cero de Nueva York. La contextualización por el propio Obama de sus comentarios es una lamentable consecuencia del juego político, especialmente si se tiene en cuenta que recientes encuestas han demostrado que 61% de la población estadounidense está en contra de la construcción de la mezquita en Ground Zero, bajo el argumento de que dicha mezquita ofendería a las familias de las casi 3000 personas que fueron asesinadas en el ataque al World Trade Center.
 
Se presenta en este caso una nueva tensión típica del derecho constitucional, en donde la gran pregunta es qué debe prevalecer: los derechos constitucionalmente consagrados, especialmente el derecho al libre culto y a la propiedad privada, o la conveniencia de una determinada conducta.
 
No cabe duda de que lo más conveniente es que la mezquita no sea construida en Ground Zero, y así lo han manifestado políticos de todos los espectros, ya que así nos ahorraríamos este debate que tanta polémica ha causado. Además, no se puede negar que el 11 de septiembre es fuente de un patrón de intolerancia importante en contra de la religión musulmana, el cual se evidencia con la simple discriminación que sufren todos aquellos que practican esta religión en los aeropuertos, quienes simplemente por su vestimenta reciben controles más rígidos por parte de los organismos de seguridad del Estado.

  
La intolerancia ha llegado a niveles insuperables, sobretodo luego de que un diputado republicano (Gingrich) igualara esta religión con el nazismo. Sin embargo, esto no ha impedido de que esta religión se haya desarrollado durante los últimos años, dato que se evidencia del hecho que actualmente se calcula que existen 1900 mezquitas en los Estados Unidos, mientras que en el año 2001 habían apenas 1200. Incluso, la ganadora del concurso Miss USA de este año 2010, es musulmana, representando a los más de 2.350.000 musulmanes que se estiman que son ciudadanos americanos.
 
Cabe entonces preguntarse, y de antemano hay que advertir que la respuesta no es fácil: ¿es lo más conveniente siempre lo correcto? Mi opinión personal, y creo que llego a esta conclusión con suficiente fundamento jurídico, es que no. Es más, muchas veces lo correcto no es lo más conveniente en el presente, pero cuando se analizan los hechos jurídicamente, uno se da cuenta de que es mejor que haya gente molesta ahora para que dentro de unos años la sociedad norteamericana pueda mirar atrás y llegar a la conclusión de que lo correcto es sencillamente que la mezquita sea construida en Ground Zero.
 
¿Por qué? En primer lugar, porque no hay nada peor a la hora de tomar una decisión con tanta trascendencia como ésta, que generalizar. Mucha gente estará de acuerdo conmigo de que si bien es cierto que los terroristas del 11 de septiembre de 2001 eran musulmanes, no es menos cierto que practicaban una rama radical del Islam, y este hecho, aunque quizás el más deplorable de los últimos tiempos, no puede servir para que justos paguen por pecadores. Exactamente el mismo raciocinio utilizarían muchos católicos, si por ejemplo, una determinada ciudad prohibiera el ingreso a todos los sacerdotes, por el simple hecho de que en esa ciudad hubo una vez un grupo de sacerdotes que cometió el delito de pederastia.


En segundo lugar, no hay mejor país que Estados Unidos, que especialmente se jacta de ello, para demostrar que una sociedad democrática puede estar fundada bajo los ideales de libertad y tolerancia religiosa. Algunos sostienen que por ejemplo en Arabia Saudita está prohibida la construcción de iglesias y sinagogas, lo que bajo argumento en contrario, no impediría que Estados Unidos prohíba la construcción de mezquitas. No obstante, fácil se olvida que Arabia Saudita es un Estado que ha adoptado una religión propia. Esta conclusión no distingue entre tendencias política, ya que el propio George W. Bush visitó una mezquita luego de los ataques a las torres gemelas, haciendo un llamado a que no hubiera venganza ni discriminación contra los musulmanes, finalizando su exposición aseverando que el Islam es una religión de paz. Esto es obvio, ya que existen marcadas diferencias entre la interpretación extremista y violenta de dicha religión por parte de los seguidores de Osama Bin Laden, y una mayoría que practica el Islam de forma pacífica, teniendo el mismo derecho que católicos, cristianos, judíos, etc., de practicar la religión de forma libre y segura.

  
Lo que suceda al final del día con la construcción de la mezquita afectará sin duda alguna el sentido de justicia y la igualdad en Estados Unidos, en donde quizás una de la mejores formas de atacar el problema del terrorismo es precisamente permitiendo la libertad de las diferentes personas para practicar la religión que deseen, y procurando que los musulmanes no sientan que son odiados por su religión, demostrando así que al final del día, la lucha es contra los radicales, y que aunque es un camino más difícil que prohibir la construcción de la mezquita, es uno que vale la pena transitar.