Nociones básicas para entender este mecanismo de resolución de conflictos
Probablemente usted nunca haya oído hablar sobre el arbitraje. O quizás haya escuchado incidentalmente que existe. Lo cierto es que en nuestro entendimiento general de la vida, asumimos que los conflictos entre las personas y/o empresas deben ser necesariamente resueltos por los tribunales. Sin embargo, esto no siempre debe ser así.
En Venezuela, así como en la gran mayoría de los países del mundo, existe la posibilidad de que usted decida que una disputa no será resuelta por los tribunales, sino por un número impar de personas que no tienen un cargo público ni forman parte del Poder Judicial. Estas personas son conocidas como árbitros.
Ahora bien, como el arbitraje no es el medio usual para la solución de controversias, es necesario que ambas partes del problema hayan acordado expresamente que utilizarán este procedimiento. Lo ideal, en este caso, es que ese acuerdo de someter una controversia a arbitraje se haga antes de que surjan las diferencias entre las partes. Casi siempre esto se logra incluyendo una cláusula en un contrato en donde se diga que cualquier altercado que surja en relación con el contrato será sometido a arbitraje. Pero nada obsta para que las partes decidan acudir a arbitraje una vez que ya tengan alguna discrepancia entre ellas, siempre y cuando ambas expresen su voluntad para hacerlo. Tampoco es necesario que se trate de desacuerdos relacionados con algún contrato.
Al igual que los jueces en los tribunales, los árbitros van a emitir una decisión que será obligatoria para las partes en el conflicto. Esto lo podrán hacer aplicando reglas de derecho, al igual que los jueces, quiénes deben decidir conforme a las leyes; o aplicando la equidad, que según el diccionario de la Real Academia Española, es el sentimiento de la conciencia. Son las propias partes las que deben decidir si quieren que su conflicto se resuelva según las reglas de derecho o según lo que consideren correcto los árbitros (equidad).
Adicionalmente, cuando usted decide ir a arbitraje, obtiene también el derecho de escoger quiénes decidirán la disputa, es decir, quiénes serán los árbitros. El procedimiento más común en este sentido es que si se trata de 3 árbitros, una parte elija a un árbitro, la otra parte al otro árbitro y entre esos 2 árbitros elijan al tercer árbitro. En ningún caso, esto significa que el árbitro que usted elige va a ser su representante o abogado en el procedimiento, ya que dicho árbitro deberá ser totalmente imparcial y tomar su decisión con total independencia. Pero la posibilidad de que usted elija a un árbitro le permite escoger a alguien que sabe del tema que se va a debatir y que cuide también que los otros árbitros sean verdaderamente imparciales. Esto es un lujo que uno no puede darse en los tribunales, sobre todo hoy día en donde la imparcialidad es la excepción y es muy fácil comprar voluntades con dinero.
Otra ventaja que supone el arbitraje es que, en principio, es confidencial. En consecuencia, las divulgaciones realizadas durante el proceso y la decisión de los árbitros no tienen por qué ser conocidas por personas distintas a las partes en conflicto y los propios árbitros. Sin embargo, esto no siempre es así, porque si bien la decisión de los árbitros es definitiva y obligatoria, una de las partes puede pedir su nulidad ante los tribunales, pero por razones muy específicas relacionadas con la forma en cómo se llevó a cabo el procedimiento. Esto traería la intervención de los tribunales y en consecuencia, la publicación de las actuaciones del arbitraje. Asimismo, la intervención de los tribunales puede ser consecuencia de que una de las partes no quiera cumplir con la decisión de los árbitros, para lo cual se podrá acudir a los tribunales para garantizar la ejecución obligatoria de la decisión.
También hay que destacar que el arbitraje es una institución que está reconocida tanto en la Constitución como en las leyes de la República y puede ser de tipo institucional o independiente. El arbitraje institucional es el que se realiza a través de centros de arbitraje. En Caracas, existen dos excelentes centros de arbitraje: el Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje (“CEDCA”) y el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Caracas. Por su parte, el arbitraje independiente es administrado por las propias partes con los árbitros. En la gran mayoría de los casos es recomendable someterse a un arbitraje institucional por las ventajas y organización que ofrece.
Por otro lado, hay que tener en cuenta es que no todos los problemas que surgen entre personas y/o empresas pueden ser resueltos mediante arbitraje. Aquí el principio general es que solamente las controversias que traten de derechos y obligaciones que puedan ser dispuestos por las personas, pueden ser zanjadas mediante el arbitraje. En consecuencia, un suceso de tipo penal, o lo relativo al estado o capacidad de las personas, como por el ejemplo, el divorcio, no pueden ser sometidos a arbitraje. La recomendación es acudir a la asesoría de un especialista en el tema o ante los centros de arbitraje para verificar que el altercado puede ser resuelto mediante este procedimiento de solución de conflictos.
Finalmente, hay que resaltar que a diferencia de los jueces, a quiénes no se les paga para resolver las discrepancias, a los árbitros sí hay que pagarles. Por esta razón, muchas personas piensan que el arbitraje es costoso y únicamente funciona para las grandes empresas. Pero esto no es así. A diferencia de los procedimientos ante los tribunales, que tardan muchísimo tiempo, el arbitraje es muy rápido y usualmente los árbitros se tardan entre 6 y 8 meses para resolver el desacuerdo entre las partes. Por ende, a la larga, termina siendo incluso más barato que los procedimientos ante los tribunales, en donde hay que pagarles a los abogados por muchos años para que se ocupen del caso.
Hay que tener en cuenta entonces al arbitraje como un mecanismo para resolver conflictos que se puedan tener con otras personas y/o empresas, en donde además de tener en cuenta lo dicho anteriormente, es recomendable que se consulte a una persona que conozca a profundidad del tema a los efectos de preparar el acuerdo para someter la disputa a arbitraje y le asista durante el procedimiento.
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