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Wednesday, July 3, 2013

Países de Europa niegan uso de su espacio aéreo a Evo Morales: ¿Quién tiene la razón?

El pasado 02 de julio despegó de Moscú, Rusia el avión presidencial de Bolivia para llevar de regreso a su país al Presidente Evo Morales. Sin embargo, sin que estuviese previsto, el avión es dirigido a Austria, donde no tenía previsto aterrizar.


Según el Canciller de Bolivia, David Choquehuanca, esta situación se debió a que las autoridades de Francia y Portugal se negaron a permitir al avión presidencial boliviano utilizar su espacio aéreo, por sospechas de que Edward Snowden se encontrara a bordo.

Dicha situación generó numerosas condenas por parte de varios países latinoamericanos, en donde destacan las declaraciones del Vicepresidente de Bolivia, quien afirma que el Presidente Evo Morales "ha sido secuestrado por el imperialismo y está retenido en Europa".

El objeto de este artículo es evaluar las distintas situaciones que se han dado hasta el momento, todo con el objetivo de determinar quién, de conformidad con el derecho internacional, tiene la razón.

¿Puede negársele la entrada al espacio aéreo a un avión presidencial?

En principio, la norma internacional que regula este asunto es el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, también conocido como el "Convenio de Chicago". Tanto Bolivia, como los demás Estados involucrados en este impase, son Estados que han ratificado el Convenio de Chicago. Por ende, están obligados por sus disposiciones.

No obstante, es importante aclarar que el artículo 3 que el Convenio de Chicago aplica solamente a las aeronaves civiles y no a las aeronaves de Estado, siendo éstas las que son utilizadas por servicios militares, de aduana o de policía.

Siendo esa la situación, cabe entonces la pregunta: ¿el avión presidencial es una aeronave civil o una aeronave del Estado? Si se considera una aeronave del Estado, el principio general que establece el Convenio es que “ninguna aeronave de Estado podrá volar sobre el territorio de otro Estado o aterrizar en el mismo sin haber obtenido autorización para ello”.

Ahora bien, asumiendo que el avión presidencial es una aeronave civil, el artículo 1 del Convenio de Chicago reconoce que “todo Estado tiene soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio”.

Por ende, efectivamente cada Estado tiene la potestad de negarle la entrada a su espacio aéreo al avión presidencial de otro Estado. Ello no supone la violación del derecho internacional, puesto lo que simplemente decide el Estado es no dar autorización a que el avión ingrese al espacio aéreo.

Curiosamente, y sin que se causara tanto revuelo, esto sucedió en el año 2010 cuando Ecuador no dejó ingresar a su espacio aéreo al avión presidencial de Porfirio Lobo, Presidente de Honduras, en vista de que su gobierno lo consideraba como ilegítimo. No cabe duda de que, diplomáticamente, la decisión de Francia, Portugal y demás países involucrados puede generar molestias porque al tratarse de un Jefe de Estado, se espera un grado de cortesía, pero jurídicamente, cada Estado es libre de decidir a quién deja entrar en su espacio aéreo.

¿Se violó la inmunidad de Evo Morales como Jefe de Estado?

Evo Morales, como Presidente de Bolivia, tiene la inmunidad propia de los Jefes de Estado bajo el derecho internacional. Pero la no entrada al espacio aéreo no viola dicha inmunidad, puesto que no se le está causando ningún agravio a Morales, sino simplemente un Estado, en ejercicio de su soberanía, no está permitiendo que ingrese a su espacio aéreo.

La inmunidad sí juega un papel más relevante una vez que el avión presidencial ha aterrizado en un Estado. En consecuencia, las autoridades de Austria, en donde finalmente aterrizó Morales, no tenían el derecho de ingresar a revisar el avión, pues dicho avión goza de la inmunidad diplomática que está reconocida en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

Con razón entonces Morales se negó a invitar al Embajador de España en Austria a “tomar un café” en el avión presidencial, en donde suponemos que éste quería verificar si Edward Snowden no se encontraba en dicho avión.

¿La no autorización a ingresar al espacio aéreo constituye una agresión?

Calificar lo sucedido como una “agresión” evidencia un desconocimiento total del derecho internacional. Así lo hizo el Canciller de Venezuela, Elías Jaua y hasta el Presidente de Ecuador, Rafael Correa.

Bajo el derecho internacional, el acto de agresión es el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, integridad territorial o independencia política de otro Estado. Ejemplos típicos de actos de agresión son: (i) la invasión de un Estado por otro; (ii) el ataque de fuerzas armadas de un Estado contra otro Estado sin la autorización del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, (iii) el bloque de puertos o de costas de un Estado, entre otros.

Francia y Portugal simplemente se negaron a permitir la entrada a su espacio aéreo al Presidente de Bolivia, cuestión que simplemente llevó a Morales a tener que modificar su ruta de vuelo para poder aterrizar (o recargar combustible) en un Estado que sí se lo permitiera. Por ende, no puede hablarse de una agresión hacia Bolivia, máxime cuando existen informaciones de que Portugal le informó al avión presidencial de Evo Morales que no podría ingresar a su espacio aéreo antes de que éste saliera de Moscú.

Asimismo, no puede hablarse de una violación a la soberanía, tal y como lo calificó el Secretario General de la Unión de Naciones Suramericanas (“UNASUR”), Alí Rodríguez-Araque. En ningún momento se ingresó violentamente al avión de Evo Morales. Simplemente no se le permitió la entrada al espacio aéreo, en donde el país que impone esa medida, es soberano de hacer lo que considere conveniente, como vimos anteriormente.

Sobre el supuesto atentado a la vida y secuestro a Evo Morales

Con mucha ligereza hemos visto como se ha dicho que la situación atentó contra la vida de Evo Morales. En ningún momento fue reportado que la aeronave estuviese quedándose sin la gasolina necesaria para poder seguir volando y prueba de ello es que pudo llegar al aeropuerto de Viena.

En consecuencia, es difícil creer que dicha acción haya constituido un atentado a la vida del Presidente de Bolivia y mucho menos un secuestro, puesto que el Presidente era libre de configurar una ruta de vuelo, siempre y cuando no pasara por el espacio aéreo de los países europeos que conforme al derecho internacional, decidieron no otorgarle la autorización.

En el caso de que efectivamente el avión presidencial de Bolivia hubiese estado en peligro, el artículo 25 del Convenio de Chicago sí exigía a los Estados involucrados a proporcionar los medios de asistencia factibles a dicha aeronave, con medidas tales como el permiso para aterrizar en el aeropuerto más cercano.

¿Actos inamistosos?

Efectivamente lo realizado principalmente por Francia y Portugal puede catalogarse como un acto inamistoso dentro de la diplomacia internacional. Así lo ha catalogado de manera muy conservadora la UNASUR. En tal sentido, Bolivia debería buscar una explicación de esos gobiernos sobre la decisión que tomaron, todo con la finalidad de resolver el malentendido y resumir sus buenas relaciones.

Con la información que se conoce hasta el momento, pareciera que se trata de una confusión, ya que para tomar una decisión tan seria, dichos Estados debieron haber tenido buenos indicios de que Snowden iba en el avión del Presidente Morales. Si ello hubiese sido cierto, la medida simplemente servía para manifestar rechazo a la protección dada por ese país a Snowden, quien está solicitado por la justicia de Estados Unidos.

En ese aspecto, el doble discurso del propio Presidente boliviano no ayuda, puesto que si bien dijo en Moscú que Bolivia estaba “lista para otorgarle asilo a Snowden”, al aterrizar en Viena dijo que “ni sabía cómo se llamaba por su nombre completo”.

Más allá del impase diplomático, que esperamos que se resuelva (aunque hay reportes de protestas y quema de banderas en las afueras de la Embajada de Francia en La Paz), lo cierto es que el principio general seguirá siendo que cada Estado es soberano de manejar como quiera su espacio aéreo y no existe una obligación de permitir la entrada a un avión presidencial, más allá de la mera cortesía internacional. Claro está, es útil que exista esa cortesía para fomentar las buenas relaciones entre los distintos países y permitir el correcto desarrollo de las relaciones diplomáticas.

Thursday, September 16, 2010

Francia, los Gitanos y el Respeto a los Derechos Humanos

El incidente de la deportación de los gitanos en Francia está dando mucho de que hablar. Hace apenas algunas horas, la Comisionada Europea para la Protección de los Derechos Fundamentales, Viviane Reding, condenó fuertemente la política que ha adoptado el gobierno del Presidente Nicolás Sarkozy, principalmente porque estas acciones atentan flagrantemente contra el derecho a la no discriminación, consagrado en múltiples tratados internacionales que Francia ha firmado y ratificado, por lo que dicho Estado tiene la obligación de no discriminar a todas aquellas personas que se encuentren en su territorio.

Sin embargo, incluso más sorprendente ha sido la respuesta de funcionarios del gobierno francés, específicamente el Ministro francés para los Asuntos Europeos, quien refutó las palabras de la Comisionada Europea de la siguiente manera:
El tono de la Comisionada Europea no es la manera en la que una persona debe dirigirse a un gran Estado como Francia, el cual es la cuna de los derechos humanos. Nosotros no somos la oveja negra de la clase a quien el profesor puede mandar a callar, y tampoco somos unos criminales que se están enfrentando a la justicia.
Lo cierto del caso es que la situación ha dejado de tener meramente connotaciones políticas para tener connotaciones legales. La propia Comisionada anunciaba que a la Unión Europea no le quedaría más remedio que emprender acciones legales en contra del Estado francés por la aplicación discriminatoria del derecho europeo, el cual contiene una directiva de libre circulación para sus ciudadanos.

Francia no solamente ha obviado sus obligaciones de conformidad con el derecho internacional, sino que también ha desobedecido al mismísimo Parlamento Europeo, quienes solicitaron al gobierno de Sarkozy que detuviesen las deportaciones masivas y empezaran a aplicar una revisión de caso por caso para determinar qué ciudadanos pueden ser deportados y cuáles tienen derecho a permanecer en territorio francés. Sin embargo, el pasado martes 14 de septiembre de 2010, un avión salió de Marsella con 100 gitanos (adultos y niños), y ese mismo día de París despegó otro avión con unos 130 deportados. Más impactante aún son las cifras oficiales que revelan que entre el mes de julio y agosto, 979 ciudadanos rumanos y búlgaros han sido expulsados de Francia por el gobierno.

La directiva de libre circulación que rige en el derecho europeo permite la deportación de un ciudadano cuando esa persona ha permanecido en un país determinado más de tres meses y no puede probar suficientemente que tiene los medios para permanecer en dicho país, bien sea porque no tiene un empleo o no puede mantenerse por cualquier otro medio disponible, o representa una amenaza genuina, actual y suficientemente seria para la seguridad pública. El problema con estas deportaciones masivas que está llevando a cabo el Estado francés es que muchas veces ni siquiera se revisa si la persona ha permanecido más de tres meses, o si tiene los medios para mantenerse, sino que se parte de la base de que como son gitanos y habitan en campamentos que no cuentan con la autorización de Estado, entonces deben ser deportados

La determinación legal sobre si efectivamente las acciones de Francia violan el derecho europeo la tomará próximamente la Comisión Europea para la Protección de los Derechos Fundamentales, quienes tendrán que responder si las últimas expulsiones de los gitanos violaron la directiva de libre circulación que fue aprobada en el año 2004. No obstante, la pregunta de mayor importancia que deberá afrontar dicha Comisión es si el Estado francés ha atacado directamente a un grupo étnico determinado – los gitanos – y si en las distintas expulsiones el Estado ha incumplido con las garantías procesales y sustantivas que ofrece el derecho europeo en cuanto a las deportaciones.

Es precisamente en este escenario en donde tiene todas las de perder el gobierno de Nicolás Sarkozy, puesto que para nadie es un secreto que en el mes de julio, el gobierno anunció sus intenciones de destruir 300 campamentos ilegales. Aunque hasta finales de agosto solamente 128 campamentos habían sido destruidos, pareciera que existe suficiente evidencia para demostrar que el gobierno ha atacado únicamente aquellos campamentos habitados por gitanos

En tal sentido, el gobierno francés tendrá que explicar cómo está conducta puede ser reconciliada con el derecho a una vivienda digna, consagrado en el derecho internacional, el cual protege a los ciudadanos en contra de los desalojos forzosos y específicamente ordena al Estado francés su deber de notificar con suficiente antelación cualquier desalojo y compensar por los bienes que pudieren resultar destruidos, además de proveer un alojo provisional adecuado.

Oficialmente, los gitanos son la minoría más grande de Europa, y existen múltiples reportes de la Unión Europea que dan fe de la violencia, discriminación y pobreza extrema que deben sufrir estas personas. La discriminación se extiende a otros campos importantes, como por ejemplo en materia de educación, empleo y seguridad social. Por su parte, Francia ha negado recurrentemente que este grupo minoritario sea objeto de discriminación en su territorio, pero al mismo tiempo no ha querido ni siquiera firmar el Convenio del Consejo de Europa sobre los Derechos de las Minorías

Las posibilidades de éxito del gobierno de Sarkozy en la Comisión Europea son mínimas, especialmente si se tiene en cuenta que el pasado sábado 11 de septiembre los medios de comunicación dieron a conocer una circular administrativa del Ministerio de Interior que ordena a los prefectos de las distintas entidades del territorio francés que “tomen todas las acciones necesarias para desmantelar los campamentos ilegales, dando prioridad a aquellos habitados por los gitanos”. Esta importante circular parece contradecir lo que el Ministro de Inmigración francés le había asegurado a la Comisión Europea, en el sentido de que las medidas de desalojo forzoso no son contra un grupo en específico.

Una nueva circular ha sido emitida, en la cual ya no se hace ninguna referencia a los gitanos, pero al parecer el mal ya está hecho. En julio, miles de gitanos salieron a las calles a protestar luego de que un policía asesinó a un gitano que estaba pasando por un punto de control sin razón alguna. Muy probablemente el policía sea juzgado penalmente, pues su única defensa ha sido alegar que se sintió amenazado cuando vio que era un gitano.



En todo caso, será importante observar cuáles son las determinaciones qué toma la Comisión Europea en los próximos días, puesto que si efectivamente dicha Comisión encuentra que Francia ha violado el derecho europeo, el Estado francés podría ser demandado ante la Corte Europea de Justicia. Toda esta situación debe llamar la atención del mundo entero, precisamente porque se observa la efectividad de un órgano supranacional como la Unión Europea en el aseguramiento del respeto de los derechos humanos de los ciudadanos. 

Desde apenas el año pasado, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea es de obligatorio cumplimiento para sus Estados Miembros, por disposición expresa del Tratado de Lisboa. Desde que asumió el cargo, la Comisionada para la Protección de los Derechos Fundamentales, ha llamado a la organización a tener cero tolerancia con respecto a las violaciones de la Carta, y en su gestión, la Comisión ya ha tomado importantes acciones legales en contra de Grecia para que éste Estado tome las medidas necesarias para garantizar la efectiva protección del derecho de asilo

Ahora le toca a Francia defenderse ante la Unión Europea, y si las autoridades de ese país se jactan que son nacionales de un Estado que es la cuna de los derechos humanos, deberán acatar a cabalidad las determinaciones de la Comisión, puesto que la efectividad de todo el sistema de protección gira precisamente en torno al cumplimiento de los Estados de sus obligaciones internacionales. Claro está, las instancias nacionales también son importantes, y las políticas de inmigración ya han sido anuladas en los tribunales franceses, específicamente cuando una Corte en Lille desechó el argumento del gobierno de que el simple hecho de vivir en un lugar informal justificaba directamente la expulsión de un ciudadano por razones de seguridad pública. Por lo tanto, la reforma migratoria que están proponiendo en el Poder Legislativo francés tendrá más obstáculos de lo esperado. 



Por ende, lo ideal es que Francia asuma el papel que está llamada a tener en la comunidad internacional, donde siendo precisamente la cuna de los derechos humanos, lidere con su ejemplo la importancia que existe en el respeto de estos derechos y el cumplimiento de las obligaciones internacionales. No hay duda de que habrá que abordar el problema migratorio, pero al final del día, deja mucho que desear la actitud de un gobierno tan educado cuando estigmatiza a un grupo que por sus propias características ya es vulnerable. Ojalá llegue el día en que veamos al gobierno francés trabajando para solventar la situación de pobreza y exclusión social en que viven los gitanos.