Thursday, April 1, 2010

Chevron vs. Ecuador - Árbitros Imparciales, Resultado "Imperialista"

Un conjunto de árbitros decidieron el pasado martes 30 de marzo de 2010, que los tribunales de Ecuador violaron el derecho internacional retrasando sus decisiones en un conjunto de litigios comerciales entre Chevron Corporation, una compañía norteamericana, y el gobierno ecuatoriano. ¿El castigo? En principio, Ecuador deberá pagar 700 millones de dólares a Chevron. 


Este decisión se une a la larga batalla legal que mantienen la compañía norteamericana con el gobierno ecuatoriano, generada principalmente por el supuesto daño ambiental que habría cometido Chevron en territorio ecuatoriano, y que puede traer como consecuencia que la compañía tenga que pagar 27 mil millones de dólares en daños y perjuicios.

Los árbitros consideraron específicamente que los tribunales ecuatorianos habían violado el Tratado Bilateral de Inversión entre Estados Unidos y Ecuador, al no pronunciarse sobre siete demandas que había presentado Texaco, compañía comprada por Chevron en 2001, entre 1991 y 1993. Casualmente, este Tratado Bilateral de Inversión es el mismo que están alegando los abogados de Chevron en una demanda que presentaron ante otros árbitros en septiembre de 2009, con pruebas de la supuesta injerencia del gobierno en un caso que había sido presentado con éxito por indígenas ecuatorianos en contra de Texaco, por dañar el medio ambiente y afectar la salud de los indígenas de la zona.

Esta contrademanda de Chevron ante unos árbitros extranjeros no fue bien recibida por el gobierno ecuatoriano, quiénes esperan sentencia del juez de su país en cualquier momento de este año 2010. La molestia del gobierno ecuatoriano se debe principalmente a que Chevron habría presentado pruebas de que el juez ecuatoriano aceptó sobornos del gobierno para decidir en contra de Chevron. Los abogados de los indígenas ecuatorianos, por su parte, acusaron a Chevron de hacer “forum shopping”, un término informal para indicar la práctica de algunos litigantes de presentar su caso ante un tribunal, bien sea estadal o arbitral, en donde se cree que hay más posibilidades de obtener una sentencia favorable.


Resulta obvio tanto para los indígenas como para Chevron que el Tribunal ecuatoriano se pronunciará en contra de la empresa. Chevron ya ha anunciado que ante una decisión adversa, planea apelar, argumentando que los tribunales de Ecuador están sesgados en su contra. Así lo ha establecido expresamente el Consejero General de la empresa, Hewitt Pate, en un comunicado luego de la decisión del día martes: 
Desde hace algún tiempo hemos sido claros en afirmar que los tribunales ecuatorianos no administran justicia cuando se trata de un caso que involucra a Chevron y sus filiales. Hoy un tribunal internacional conformado por árbitros imparciales ha encontrado pruebas de esa injusticia, la cual por demás es violatoria del Tratado Bilateral de Inversión, el cual obliga al Estado ecuatoriano a garantizar un trato justo, equitativo y antidiscriminatorio, además de mecanismos eficaces para que las empresas que realicen inversiones en Ecuador puedan defender sus derechos.
Estas afirmaciones del Consejero General de Chevron hacen referencia a dos aspectos muy importantes del derecho internacional de inversión. En primer lugar, la obligación de los Estados que firman Tratados Bilaterales de Inversión de proporcionar un trato justo y equitativo a las inversiones que realicen compañías extranjeras en su territorio. Lo que se debe entender por trato justo y equitativo dependerá de cada tratado y de la costumbre internacional, pero generalmente ha sido aceptado que esta cláusula trae como consecuencia que los Estados tengan que actuar con diligencia y respetando el derecho al debido proceso de los inversionistas. Eso, claro está, incluye la imposibilidad de denegar justicia a los inversionistas, y de cometer arbitrariedades en contra de ellos.

Por su parte, la prohibición para los Estados de ejercer un trato discriminatorio, se refiere a la noción del tratamiento nacional, en el sentido de que el Estado se compromete a tratar a empresas de inversión extranjera de una manera no menos favorable que como trata a las empresas nacionales en igualdad de circunstancias.


Pero quizás lo más interesante del caso de Chevron en contra del gobierno ecuatoriano es que la empresa norteamericana no ha esperado la resolución del caso en Ecuador para acudir al arbitraje. En realidad, Chevron está acudiendo al arbitraje internacional como una medida proactiva y preventiva, a los fines de recibir indemnización en caso de que los tribunales ecuatorianos se pronuncien en su contra. Esta conducta por parte de Chevron parece ser nueva en el derecho internacional, donde desde hace mucho tiempo ha regido el principio de que primero hay que agotar los recursos internos, en el entendido de que se le debe dar la oportunidad a los Estados de resolver los actos ilegales que hayan cometido dentro de su propio ordenamiento jurídico interno, antes de que pueda demandarse su responsabilidad internacional ante tribunales o árbitros extranjeros.

Dicho principio ha sido obviado por una Corte Federal del Estado de Nueva York y por los árbitros que se pronunciaron condenando al gobierno ecuatoriano a pagar 700 millones de dólares a Chevron el pasado martes, dando a entender que no es necesario esperar a que los tribunales ecuatorianos se pronuncien para que la empresa norteamericana pueda ejercer las acciones correspondientes en el ámbito internacional. En tal sentido, parece que ambas instancias consideraron que ya tienen pruebas suficientes para llegar a la conclusión que la decisión del tribunal ecuatoriano no será producto del debido proceso.

Estas decisiones son sumamente importantes a nivel del derecho internacional de inversión extranjera, pues están mandado un mensaje a todos los tribunales nacionales de los diferentes Estados del Mundo, que cualquier decisión de una corte nacional, en materia de arbitraje, que no respete con el derecho al debido proceso de los inversionistas extranjeras, estará sujeta a un escrutinio por instancias internacionales. Por consiguiente, el Tribunal ecuatoriano del cual se espera una decisión durante este año, tiene la presión de que si su decisión es producto de la violación al debido proceso, las finanzas del gobierno ecuatoriano pueden estar en peligro. 


Por demás, la declaratoria de un tribunal arbitral de que la próxima sentencia del Tribunal ecuatoriano fue realizada sin respeto al derecho al debido proceso, traerá también como consecuencia que dicha sentencia no pueda ser ejecutada en Estados Unidos, de conformidad con el estándar establecido por la Corte Suprema de ese país en el famoso caso Hilton v. Guyot (1895), en donde la Corte dijo que para que una sentencia extranjera sea reconocida en Estados Unidos, debe ser producto de un juicio pleno y justo en el extranjero, en donde se compruebe una administración imparcial de la justicia. 

Todos estos principios los deberá también tener en cuenta el gobierno venezolano, quien aunque se vio favorecido a principios del mes de marzo por el rechazo, de un tribunal arbitral dependiente del Banco Mundial, de medidas cautelares solicitadas por la cementera mexicana CEMEX, podría verse condenado por el laudo definitivo de dicho tribunal arbitral. Además, Venezuela deberá respetar estrictamente estas reglas del derecho internacional, si planea seguir nacionalizando empresas extranjeras a diestra y siniestra.

1 comment:

Unknown said...

La Haya fallo a favor de Chevron, determinando que Ecuador violó el Tratado Bilateral de Inversión firmado con EE.UU. al no haber proporcionado los medios adecuados para presentar reclamos y hacer valer los derechos de Chevron. En 2009, el Departamento de Estado de EE.UU. publicó que "La corrupción es un problema grave en el Ecuador" y que "a menudo, las cortes son sensibles a las presiones externas y sobornos". Más en: http://www.vistazo.com/webpages/pais/?id=9441