Friday, May 14, 2010

Las lecciones del caso del Juez Baltasar Garzón

Hace ya más de un mes, examinábamos en otro post todo lo referente al caso del juez Garzón, las Leyes de Amnistía y el Derecho Internacional. En esa oportunidad, llegábamos a la conclusión de que efectivamente, dentro del derecho internacional, las Leyes de Amnistía no pueden cubrir crímenes de lesa humanidad, o de forma más amplia, crímenes que tengan el estatus de jus cogens en el ordenamiento jurídico internacional. Dentro de esos delitos con carácter de jus cogens se encuentra el delito de desaparición forzada de personas, uno de los que pretendía investigar Garzón cuando decidió iniciar una averiguación con respecto a los crímenes cometidos durante el franquismo


Pues resulta que esta mañana, el Consejo General del Poder Judicial de España ha decidido suspender al juez de la Audiencia Nacional, después de que el magistrado del Tribunal Supremo, Luciano Varela, abriera el miércoles el juicio oral contra él por presunta prevaricación. La decisión ha ocasionado múltiples reacciones en el ámbito nacional e internacional, con un gran sector de la opinión pública criticando la decisión, sosteniendo que es inadmisible que precisamente aquél juez que se atrevió a investigar los crímenes del franquismo, sea apartado de la magistratura por sus pares.
 
Jurídicamente, el caso de Garzón es uno de los más interesantes de los últimos años. En él no solamente está presente el derecho internacional, sino la eterna pugna entre las decisiones del Poder Legislativo y el control que debe ejercer el Poder Judicial


El año de 1977 vio como los legisladores españoles consideraban que era necesario poner fin a la responsabilidad de todas aquellas personas que habían sido partícipes de los crímenes contra la humanidad que se habían verificado durante la dictatura de Francisco Franco, principalmente porque aquellos hechos se ajustaban al ordenamiento legal vigente en aquella época.
 
No obstante, bien tiene razón Garzón cuando sostiene que esa Ley de Amnistía, más la reciente Ley de Memoria Histórica, del año 2007, constituyen una barrera infranqueable para restaurar los principios de justicia y reparación que propugna la propia Constitución Española, en una decisión que no se puede tildar de anti-soberana, pero sí de anticonstitucional, y contraria al derecho internacional, sencillamente porque a partir de la segunda mitad del siglo XX, se han entendido que existen crímenes tan graves que no prescriben, y en pro de la justicia deben ser juzgados


Esa fue la base jurídica que utilizó Garzón para abrir la investigación, cuestionable desde el punto de vista político, pero mucho menos cuestionable desde el punto de vista jurídico, puesto que si los delitos de lesa humanidad no prescriben, y durante el régimen franquista se cometieron dicho tipo de delitos, bien podría un juez considerar que de conformidad con el ordenamiento jurídico tales delitos pueden ser investigados.
 
A pesar de todo lo anterior, y de lo criticable que sea que uno de los pocos jueces de la historia que se atrevió a llevar a la justicia a los dictadores sea ahora apartado del cargo, el caso de Garzón debe servir de lección para entender que los jueces no están al margen de la Ley y como cualquier otro mortal deben responder por sus actos. Aunque a una gran mayoría nos parezca que Garzón no debe ser enjuiciado, lo cierto es que presuntamente un juez independiente ha considerado que existen pruebas suficientes para acusar al juez Garzón por el delito de prevaricación, y por consiguiente, debe realizarse un juicio, en donde respetándole su derecho a la defensa y al debido proceso, el Estado español en cabeza del magistrado Luciano Varela deberá demostrar más allá de toda duda razonable que efectivamente Garzón dictó conscientemente una resolución injusta.


Creo yo que ese no es el caso, precisamente porque Garzón justificó con argumentos jurídicos porque abría la investigación, otra cosa es si esos argumentos son verdaderamente válidos o no en el derecho español, porque de lo que no cabe duda es que lo son a la luz del derecho internacional.
 
Por otro lado, hay que agregar que la voluntad más política que jurídica del Consejo General del Poder Judicial pareciera evidenciarse cuando han tomado una decisión en primera instancia con respecto a la suspensión de Garzón, decisión que claramente está ajustada a Derecho porque el propio ordenamiento jurídico español dispone que ordenada la apertura a juicio oral contra un juez, éste deberá ser suspendido de sus funciones, con carácter cautelar, es decir, hasta que definitivamente se determine si Garzón incurrió o no en el delito del cual ha sido acusado. Bien pudo el Consejo General del Poder Judicial resolver sobre la solicitud de Garzón para trasladarse a trabajar en comisión de servicio a la Corte Penal Internacional. Luego de la suspensión del día de hoy, pareciera que ya no es factible ni jurídicamente posible que Garzón sea autorizado para trasladarse a trabajar a La Haya, aunque quizás el Consejo pueda adoptar esta decisión para calmar los ánimos y el alboroto que se ha formado en la opinión pública española y mundial.


En fin, que todos debemos entender que el simple hecho de que este juez haya sido un gran luchador en la causa de los derechos humanos y la justicia universal, no lo exime de la revisión de sus actuaciones judiciales, puesto que bien podría haberse equivocado en este caso, cuestión que corresponderá determinar a la instancia correspondiente, quien debe llegar a una decisión totalmente apegada al derecho español, pero teniendo presente que el derecho internacional prohíbe que los delitos de lesa humanidad sean amparados por una Ley de Amnistía, y en tal sentido, el Artículo 96 de la Constitución Española es claro en establecer que el derecho internacional forma parte integrante del ordenamiento jurídico interno.

1 comment:

Rafael del Barco Carreras said...

BALTASAR GARZÓN Y CAIXA DE CATALUNYA.



Rafael del Barco Carreras



Con razón están todos tan indignados con el cese de Baltasar Garzón, y son tan amorales que se parapetan tras los muertos del franquismo…



Cepsa entrega a la Audiencia la carta en la que Garzón le pide dinero. Publica El Confidencial 26-05-10: En la misiva, -al igual que hizo con el presidente del Banco Santander, Emilio Botín- el juez se dirige al entonces presidente de Cepsa, Carlos Pérez de Bricio con un "Estimado Carlos". Tras detallar algunos detalle sobre las conferencias, añade que "espero que al igual que lo han hecho otras entidades, como BBVA, Caixa Cataluña y Endesa, puedas contribuir a la iniciativa". El presupuesto que pedía Garzón rondaba los 1.230.000 de dólares, incluidos 75.000 destinados al sueldo del director project, de los que Cepsa entregó 100.000 dólares a las pocas semanas de recibir la petición.


CAIXA DE CATALUNYA.

Los socialistas de Narcís Serra también subvencionaron a Garzón. No podía ser menos, un sumario pudiera ser archivado, caso Botín, o instruido con lagunas, caso Pretoria. Narcís y los suyos tienen experiencia en jueces maleables, por ejemplo, varios del caso Consorcio de Zona Franca de Barcelona, hace exactos 30 años. Que pertenecieran los dos al Gobierno González quizá no les uniera suficiente, los muertos del GAL crearon antagonismos. Garzón pretendió ser ministro cuando Narcís fue vicepresidente. El dinero lo arregla todo.



Ayer la tele oficial catalana, ante las nuevas noticias sobre el caso Pretoria, insistía en la versión inicial pero ampliando las ganancias del socialista Lluís García Sáez “El Bigotis” con Bertomeu Muñoz, alcalde de Santa Coloma, 8.000.000 de euros. Los socialistas rechazan una comisión de investigación pedida por Artur Más en el Parlament, y admiten una por el caso Félix Millet, Palau de la Música. Selectivos.



No me dejan enterrar sus comienzos, 1980, me refiero a los de Narcís y los suyos, que a cuenta de mi cárcel succionaban millones a Javier de la Rosa, verdadero culpable. Y repito, lo de los cursos y conferencias, no lo inventó Garzón. Juan Piqué Vidal lo utilizó con el colega de Garzón en la Audiencia Nacional, Miguel Moreiras, que dictó no encontrar delitos en el caso KIO contra Javier de la Rosa. Un traslado de Juzgado, prevaricar sale gratis.



En el caso Pretoria, Garzón encarcela al cerebro (traducir por el correveidile y reparte sobres o maletines) “El Bigotis” que recibió 1.500.000 de PROCAM, CAIXA DE CATALUNYA, y se olvida de los ejecutivos que se los pagaron, y ni comentar sobre Narcís Serra, el capo socialista en Barcelona.



Hay más olvidos. Las grabaciones de la Guardia Civil. Se publica esta semana en La Vanguardia (ver en imágenes de www.lagrancorrupcion.blogspot.com) que se registraron conversaciones de los acusados Lluís Prenafeta y Maciá Alavedra con el entorno de Montilla, consellers Antonio Castell (Economía) y Joaquín Nadal (Política Territorial), hermano del hasta hace poco director de El Periódico, gran defensor de Garzón. Montilla y sus consellers, en definitiva quienes recalificarían o aprobarían lo recalificado por el Ayuntamiento de Santa Coloma, Badalona (1.000.000 € por el puerto), y los demás.



Es una pena que La Vanguardia no informara hace 30 años en el caso Consorcio de la Zona Franca de Barcelona como lo hace ahora con el caso Pretoria. La amistad y vecindad de los Godó con los De la Rosa, añadidas a la masiva publicidad a toda página y los créditos del Banco Garriga Nogués, le impidieron publicar la verdad, ni siquiera publicar mis declaraciones al juzgado con pruebas irrefutables que se derivaban de la propia documentación aportada por el Consorcio.